La Circular 0083 de 2025 del Ministerio del Trabajo en Colombia es el documento clave que establece los lineamientos para la aplicación de los cambios introducidos por la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) en el contrato de aprendizaje.
El cambio central es la redefinición del contrato de aprendizaje a un contrato laboral especial a término fijo, otorgando al aprendiz derechos laborales plenos, especialmente durante la etapa productiva (o dual), similar a los de un trabajador dependiente.
📃Contrato Laboral Especial: El contrato de aprendizaje ahora se rige por el Código Sustantivo del Trabajo (CST) en la mayoría de sus aspectos.
🚨Entra en vigor desde el 25 de junio de 2025, transforma este contrato en un vínculo laboral especial a término fijo, otorgando a los aprendices plenos derechos laborales y de seguridad social.
Los contratos vigentes antes del 25 de junio de 2025 solo aplican con la nueva ley a partir de esa fecha.
Los contratos firmados después, ya se rigen completamente bajo estas nuevas reglas.
Duración: El contrato tiene una duración máxima de tres (3) años, incluyendo posibles prórrogas.
💴Apoyo de Sostenimiento: En la etapa productiva o dual, el apoyo de sostenimiento mensual se considera salario y está sujeto al pago de prestaciones sociales (cesantías, prima de servicios, etc.) y seguridad social integral (salud, pensión y ARL). Para estudiantes universitarios, el pago mínimo es de 1 SMMLV en cualquier etapa.
La Circular precisa cómo debe ser la afiliación y el pago de aportes, con aplicación operativa en la PILA a partir del 1 de agosto de 2025:
Tipo de Cotizante PILA:
🔶Etapa Lectiva: 19 - Aprendiz en etapa productiva (código provisional mientras se ajusta el sistema)
Tipo de Planilla PILA E – Empleados Aportes Obligatorios: Salud y Riesgos Laborales (ARL)
🔷Etapa Práctica y Formación Dual: 01 – Dependiente - Tipo de Planilla PILA E – Empleados Aportes Obligatorios: Salud, Pensión y Riesgos Laborales (ARL)
💵Apoyo de Sostenimiento Mensual: El monto varía según el tipo y etapa de la formación, y en ningún caso podrá ser regulado por convenios o contratos colectivos.
Etapa Fase Lectiva Salud 🩺 y Riesgos 👷♀Laborales (pagado plenamente por la empresa). Solo el apoyo de sostenimiento 75% de 1 SMMLV
En la etapa práctica, el aprendiz tendrá todas las prestaciones sociales: prima, cesantías, vacaciones, auxilio de transporte y subsidio familiar, dotación, auxilio de transporte y el pago excepcional de trabajo suplementario (horas extra).
Tipo de Aprendiz | Etapa | Apoyo Mínimo Mensual | Seguridad Social | Otros Derechos Laborales |
Formación Dual | Primer año | 75% de 1 SMMLV | Afiliación y cotización al sistema general de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales | Derecho de prestaciones, auxilios y demás derechos propios de un contrato de trabajo durante todo el contrato |
Formación Dual | Segundo año | 100% de 1 SMMLV | ||
Formación Tradicional | Lectiva | 75% de 1 SMMLV | Afiliación y cotización al sistema general de seguridad social en salud + Riesgos laborales pagados por la empresa | Aplica pago de apoyo de sostenimiento mensual, así como las afiliaciones de salud y riesgos laborales |
Formación Tradicional | Práctica | 100% de 1 SMMLV | Afiliación y cotización al sistema general de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales | Derecho de prestaciones, auxilios y demás derechos propios de un contrato de trabajo durante la etapa práctica |
Estudiantes Universitarios | Cualquiera | 100% de 1 SMMLV | Según la eta: Solo salud y riesgo laborales (lectiva) o salud y pensión y riesgos (etapa práctica) | Según la etapa y sin importar si la formación es o no en modalidad dual. En etapa lectiva, aplican pagos de apoyo de sostenimiento mensual, junto a las afiliaciones a salud y riesgos laborales. Y en etapa práctica aplica el derecho a prestaciones auxilios y demás derechos |
✅ Participación en comités laborales → Los aprendices podrán integrar el Comité de Convivencia y el COPASST.
Incluye lineamientos para empresas con más de 500 trabajadores respecto a la cuota de aprendices, con una inclusión especial para personas con discapacidad.
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